El bienestar de nuestros hijos es una de las mayores preocupaciones de los papás, pero ¿realmente nos preocupamos de su seguridad cuando lo llevamos a una fiesta, a un pelotero o un local con juegos infantiles?
Generalmente, al buscar un salón para festejar un cumpleaños infantil consultamos sobre la comida, qué personaje animará la fiesta, la decoración, si cuentan con pelotero, etc., y descontamos que el resto está en orden.
Ese resto es el que merece nuestra especial atención.
Comencemos entonces a hacer un recuento básico de lo que tenemos que observar y requerir cuando visitamos el lugar:
- Habilitación: todo local comercial debe contar con la habilitación municipal que certifica que el lugar cumple con los requerimientos edilicios requeridos por el código de edificación y la normativa específica del municipio en que está situado. El municipio debe efectuar los controles periódicos previstos, aunque esto nos resultará difícil de comprobar.
Tener en cuenta que la propia cámara que regula la actividad (C.A.S.A.F.E.I.) estima que el 50 % de los locales en actividad no está habilitado.
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- Higiene y seguridad: mencionamos en todas las charlas las medidas y elementos básicos pero recordemos que, en todo ámbito privado, con concurrencia de público tiene que haber:
- Extintores en cantidad proporcional al espacio. (1 x c / 200 m²), ubicados en lugares accesibles, en condiciones de uso y carga vigente.
- Salida/s de emergencia o de escape alternativo, despejadas y de fácil apertura ante un siniestro.
- Iluminación de emergencia.
- Señalización de salidas y planos de evacuación.
- Mantenimiento preventivo de instalaciones eléctricas y de gas.
- Condiciones adecuadas de accesibilidad y tránsito.
- Sanitarios en cantidad suficiente, buen estado y limpieza.
- Ventilación adecuada al factor de ocupación y al uso del local.
- Condiciones generales de seguridad: reemplazo de vidrios comunes por inastillables o con film de seguridad; mobiliario sin puntas pronunciadas o bordes filosos, pisos sin desniveles y recubrimiento antideslizante; si hay escaleras que el acceso esté bloqueado para evitar caídas de niños muy pequeños; cocinas alejadas del lugar de juego y acceso restringido; existencia de sillas, bancos, mesas y sanitarios adecuados a la altura de los niños; provisión de agua potable apta para consumo humano disponible constantemente.
- Sobre el personal: consultar qué capacitación tienen los empleados que se encargarán del cuidado de los niños. A menudo nos encontramos que quienes están a cargo son adolescentes contratados por servicio, a quienes no se les brindaron conocimientos básicos de cómo conducirse ante los niños ni cómo actuar en una emergencia.
La cantidad de personal debe ser proporcionalmente adecuada al número de niños que se inviten. Se considera ideal una persona por cada 3 o 4 niños.
Si hay peloteros, castillos, juegos móviles, etc., deberá haber una persona responsable del control de los mismos.
De todas formas, siempre es recomendable que alguna mamá amiga nos ayude a cuidar a los niños durante la fiesta.
- Servicio médico: preguntar si cuentan con cobertura de emergencias. (techo protegido).
- Juegos: Si disponen de peloteros, castillos y otros tipos de juegos tendremos que observar el estado de conservación y si cuenta con las protecciones perimetrales para evitar golpes y las superficies para amortiguar las caídas. La legislación prevé que los juegos infantiles inflables deben disponer de un grupo electrógeno para mantener el suministro de gas ante un corte de energía eléctrica.
- Control de accesos: Es imprescindible que una persona se ocupe de controlar quién puede entrar, quién puede salir, en qué ocasiones y con quién pueden retirarse los niños. Si el prestador no asigna una persona responsable lo tendremos que hacernos cargo nosotros porque los papás están cuidando sus niños a nuestro cuidado durante la celebración de nuestro hijo.
Aunque la legislación en este ámbito menciona más los requisitos para habilitar los locales si podemos mencionar que algunas ordenanzas y disposiciones municipales puntualizan condiciones del servicio y de la seguridad de los usuarios.
Se menciona, por ejemplo, el requerimiento de personal capacitado para el manejo y vigilancia de los juegos infantiles, de presentar un detalle de las características técnicas de los juegos del tipo de peloteros y castillos, su antigüedad y las medidas de seguridad que se aplican en su uso, la disponibilidad de un grupo autógeno, la colocación de sistemas de amortiguación de golpes, etc.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se exige una declaración jurada mediante la cual el profesional responsable de la instalación de los juegos garantice que se ha realizado acorde a las condiciones de seguridad y funcionamiento, y la integridad estructural de los mismos en relación a su propio peso y las cargas que deba soportar, y que además se realizará el mantenimiento preventivo necesario.
Es obligatoria la exhibición de la certificación de calidad y seguridad extendido por IRAM de todos los juegos instalados en ámbitos públicos y privados.
También es obligatoria la “permanencia de personal idóneo en el cuidado de los usuarios, el mantenimiento de las instalaciones y la contratación de un servicio de emergencias y la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil” (Art. Nº 1, Inc. d) Disposición Nº 2195/07)
Referencias legales en C.A.B.A.
Código de Planeamiento Urbano – Ley Nº 449
Ley Nº 455
Disposición Nº 1169/04 - Requisitos para las habilitaciones de locales bajo el rubro "Salón o Área de Juegos Psicomotrices Infantiles". (DGHP)
Disposición Nº 2195/2007 – Salón o Área de Juegos Psicomotrices Infantiles – Habilitación. (DGHP)
Lic. Miriam Slater
Este artículo corresponde a la columna de Seguridad e higiene del programa radial de la Lic. Paula Alcoba, "Zona Segura" emitido el 23/06/2010 por AM 1220 - FM 90.3 - Radio Cadena Eco. http://www.cadenaeco.com.ar/ -http://www.zonaseguraradio.com.ar/

Escrito por victor, julio 30, 2011
Escrito por Daniela, noviembre 21, 2011
Muchas gracias!




































